La SCJN determinó eliminar el estado civil del acta de nacimiento para no violar el derecho a la privacidad. Este es el cambio.
Tras el amparo de un ciudadano en Jalisco, la SCJN determinó eliminar un dato del acta de nacimiento

La SCJN aprobó un cambio en las actas de nacimiento al avalar que ya no se muestre el estado civil de las personas, porque vulnera los datos personales y favorece la discriminación.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 3/2025 sobre datos que deben eliminarse de las copias del acta de nacimiento para evitar discriminación.

La resolución deriva de un juicio de amparo que interpuso un ciudadano jalisciense contra los artículos 36 y 100 de la Ley del Registro Civil del Estado de Jalisco.

SCJN resolvió no anotar el estado civil en actas de nacimiento

La Primera Sala del máximo tribunal del país revisó el Amparo en Revisión 468/2024, donde se detalla que dos personas se divorciaron por mutuo consentimiento.

Posteriormente, una de ellas pidió que se retiraran de su acta de nacimiento los sellos marginales relativos a su matrimonio y divorcio. Sin embargo, la autoridad estatal del registro civil negó la solicitud.

Por lo tanto, el ciudadano jalisciense promovió el amparo, pues expuso que al divulgar su estado civil en el acta la autoridad violaba su privacidad.

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Fallo protege datos personales

Luego de que la SCJN atrajo el caso, resolvió por unanimidad que una persona debe obtener una copia de su acta de nacimiento sin revelar su estado civil, ya que eso vulnera los derechos a la protección de datos personales, a la igualdad y a la no discriminación. considerado una categoría sospechosa a la luz del artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El ministro Giovanni Figueroa Mejía reforzó que las anotaciones marginales de matrimonio o divorcio no tienen una justificación racional, pues se vulnera el derecho a que se protejan los datos personales.

“Es un requisito prescindible que el acta de nacimiento contenga una anotación referente al estado civil (…) se considera una categoría sospechosa que, al ser publicitada, forzosamente en un documento de identidad, expone a las personas ade tratos discriminatorios”, destaca la resolución de la Corte.

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Acta de nacimiento con anotación marginal donde se divulga el estado civil: casado o divorciado
Acta de nacimiento con anotación marginal donde se divulga el estado civil: casado o divorciado

Fin a una regla en Jalisco

Con esta declaratoria, que se emitió el pasado 21 de abril, se puso fin a la regla en Jalisco que obligaba a anotar en las copias de actas de nacimiento si una persona es casada o divorciada, vigente desde 1995 en la Ley del Registro Civil del estado.

El documento detalla que ante la falta de adecuación legislativa del Congreso de Jalisco dentro del plazo constitucional, el Pleno emitió la declaratoria que surtirá efectos a partir de su notificación al Congreso local.

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Estos cambios en el acta de nacimiento avaló la Suprema Corte

El documento destaca que, en adelante, en las actas de nacimiento:

  • No se mostrará el estado civil.
  • No contendrán notas marginales de matrimonio o divorcio.

Aunque la disposición aplica en Jalisco, el criterio de la Suprema Corte puede servir de referencia para casos similares en otras entidades del país

La Declaratoria General de Inconstitucionalidad que emitió el Pleno, garantiza la privacidad de los datos personales.

Licenciada en Comunicación. Máster en Periodismo Digital por la Universidad Autónoma de Madrid. Certificada en Inbound Marketing. Dos décadas de experiencia en radio, televisión, prensa y medios digitales.