Fallo favorable de la Corte a homosexuales
Resuelve respecto a un amparo sobre lenguaje homófobo
MÉXICO.- Las expresiones homófobas y el discurso consistente en inferir que la homosexualidad no es una opción sexual válida sino una condición de inferioridad son manifestaciones discriminatorias, que no están protegidas por el principio de libertad de expresión consagrado en la Constitución, según fallo de la Corte.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó lo anterior al resolver el amparo directo en revisión 2806/2012, donde se aprobó por mayoría el proyecto presentado por el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
Al resolver el referido amparo, los magistrados analizaron la fuerte influencia del lenguaje en la percepción que las personas tienen de la realidad, pudiendo provocar prejuicios que se arraigan en la sociedad mediante expresiones que predisponen la marginación de ciertos individuos o grupos.
También estudiaron el papel de los discursos dominantes y los estereotipos, por lo que señaló que el lenguaje que se utiliza para ofender o descalificar a ciertos grupos adquiere la calificativa de discriminatorio.
De esta forma, refirió que las manifestaciones homófobas son una categoría de discursos de odio, los cuales se identifican por provocar o fomentar el rechazo hacia un grupo social y mediante las expresiones de menosprecio e insulto que contienen genera sentimientos sociales de hostilidad contra personas o grupos.
Por ello, la Primera Sala determinó que las expresiones empleadas en el caso concreto del estudio, consistentes en las palabras “maricones” y “puñal”, fueron ofensivas.
Aunque se trata de expresiones arraigadas en el lenguaje de la sociedad mexicana, lo cierto es que no pueden convalidar violaciones a derechos fundamentales.