Aprobada nueva ley de amparo

El Senado recibe la fe de erratas sobre el fuero

El nuevo marco legal amplía la protección del amparo, establece que cualquier ciudadano podrá interponer un recurso tan solo con acreditar un interés legítimo y no exclusivamente un interés jurídico, como lo establece el texto actual.

MÉXICO (Notimex).— El pleno del Senado de la República aprobó ayer en lo general y en lo particular la nueva Ley de Amparo, que es reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución y que establece un “nuevo piso” en materia de justicia en el país.

Durante la sesión ordinaria y luego de un proceso de más de dos años en ambas cámaras, se aprobó por 101 votos a favor la nueva ley que entre los temas relevantes incluye la posibilidad de promover juicios contra actos u omisiones de la autoridad y de particulares en caso de violación a los derechos consagrados tanto en la Constitución Política como en los tratados internacionales suscritos por México.

El nuevo marco legal amplía la protección del amparo, establece que cualquier ciudadano podrá interponer un recurso tan solo con acreditar un interés legítimo y no exclusivamente un interés jurídico, como lo establece el texto actual.

Asimismo, la nueva ley que fue turnada al Ejecutivo federal para su decreto y publicación se incluye que los juicios de amparo procederán en materias como los derechos sociales, ambientales y agrarios, mas no así en el caso de las controversias de carácter electoral.
El dictamen establece igualmente la figura de declaratorias de inconstitucionalidad de carácter general, en beneficio de la colectividad afectada por algún acto violatorio de los derechos constitucionales.

En tribuna, el presidente de la Comisión de Justicia, Roberto Gil Zuarth, recordó que esta reforma se presentó desde el 15 de febrero 2011, por lo que llamó a los legisladores a aprobarla y crear un ‘nuevo piso en materia de justicia’ en el país.

Aseguró que con la nueva Ley Amparo se tendrá un acceso más efectivo a la justicia y se crea un nuevo concepto en la protección de los derechos y garantías de los ciudadanos.

La senadora priista Arely Gómez González destacó los beneficios del nuevo marco legal y expuso que es la reforma más importante en la materia desde el año 1939, ya que salda una deuda con la sociedad mexicana.

A su vez, el senador perredista Benjamín Robles Montoya dijo en tribuna que con estas reformas se constituye un cambio de protección efectiva de los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales que trae como resultado beneficio para el país, al tiempo que evidencia un amplio consenso político, social y académico.

El perredista Fidel Demédicis Hidalgo propuso una reforma en la votación en lo particular en lo referente al artículo 165 de la nueva ley, pero fue desechada por la mayoría de los legisladores.

El artículo 165 establece que si una persona es detenida y presentada ante el Ministerio Público se le puede tramitar un amparo en un plazo máximo de 48 horas. Demédecis propuso que se otorgue el amparo de manera inmediata, ‘para terminar con el estigma de que la justicia se compra y se vende’.

Con la nueva Ley de Amparo, los delincuentes en México ya no podrán abusar de esta figura jurídica y quedar impunes por errores en los respectivos procesos. Y para el resto de la sociedad, para los ciudadanos comunes, el amparo se abarata y se constituye en un verdadero escudo social.

Por otra parte, la Mesa Directiva del Senado recibió una fe de erratas de la Cámara de Diputados, donde se eliminan de la minuta de reforma en materia de fuero los puntos suspensivos en el párrafo cuarto del Artículo 111 constitucional.

La corrección consiste en la eliminación de tres puntos suspensivos que se incluyeron en la minuta y en donde no existió ninguna modificación sobre el tema de la inmunidad o fuero del presidente de la República.

Con eso se prevé que el Senado dictamine en breve dicha minuta donde se acota el fuero que protegía a legisladores federales y locales, secretarios de Estado, procuradores, ministros de justicia, gobernadores y alcaldes, en caso de verse involucrados en un proceso penal.

La reforma constitucional no contempló cambios al tema del fuero presidencial que se mantiene como en el texto vigente.


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