El IVA y el hombre

Carlos Luis Escoffié Duarte (*)

Hojas en el cenicero

A pesar de las alarmantes voces que aún sustentan lo contrario, los derechos económicos, sociales y culturales (también llamados simplemente DESC), como todos los derechos humanos, no son anhelos o directrices de cumplimiento discrecional, sino que constituyen normas positivas y obligatorias para los Estados.

Aunque en México pudiera sorprendernos, en países como Sudáfrica, Nepal, Argentina, Brasil y Colombia, los DESC incluso han sido garantizados por vía judicial. En este sentido, las Cortes Constitucionales de cada uno de estos países han jugado un papel fundamental, heurístico y sumamente destacable.

Para dar sólo un ejemplo, recordemos la célebre sentencia conocida como T-025 de la Corte Constitucional colombiana.

La gran cantidad de tutelas (como se conoce al amparo en Colombia) promovidas por la violación sistemática al derecho a la vivienda de la población desplazada obligó a ese Tribunal a declarar un “estado de cosa inconstitucional”, concepto jurídico inédito en Colombia hasta ese entonces.

Esa decisión abrió la puerta a la judicialización de casos de vulneración masiva y generalizada de derechos constitucionales que afecten a un número significativo de personas, propiciada por la prolongada omisión de las autoridades en el cumplimiento de sus obligaciones y la no expedición de medidas legislativas, administrativas o presupuestales necesarias para evitar la vulneración de los derechos.

Decisiones de ese tipo no sólo han abierto la posibilidad de atender judicialmente violaciones al derecho a la salud, a la vivienda o a la educación, sino que ha permitido, no sin dificultades, que las Cortes Constitucionales ordenen al Poder Ejecutivo la adopción de políticas públicas con enfoque de derechos.

Que estos temas no sean aún adoptados por el Poder Judicial en México no significa que, en su caso, no puedan y deban garantizarse los DESC por vía judicial. Más aún, no exime al Poder Ejecutivo de sus obligaciones para respetar el principio de progresividad de los DESC. La administración pública debe adoptar las medidas necesarias, hasta el máximo de los recursos disponibles y tomando en cuenta su grado de desarrollo, para lograr progresivamente la plena efectividad de los DESC. Una vez que es adoptada una medida para proteger y garantizar estos derechos, retirarla constituye en sí una violación a los mismos.

En este sentido, aprobar el IVA a alimentos y medicinas sería, en mi opinión, una violación a los DESC de la población mexicana. Cerca de cincuenta millones en México son pobres y cada año cerca de once mil mueren de hambre. A diferencia de otras muertes trágicas, éstas no son tomadas en cuenta por los medios de comunicación y, por lo visto tras la Asamblea Nacional del PRI, tampoco en el interior de los partidos.- Mérida, Yucatán.

@hojasencenicero

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*) Estudiante de Derecho de la Universidad Autónoma de Yucatán


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