Posible prisión a infractores en Río Lagartos y Sisal
A fin de evitar que se sigan realizando daños al medio ambiente, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) realizó la clausura temporal total de las actividades de una superficie de 7,588.79 metros cuadrados (m2), correspondiente a dos predios de Sisal, municipio de Hunucmá, y en otro de Río Lagartos, dentro del Área Natural Protegida (ANP) Reserva de la Biosfera Ría Lagartos.
Lo anterior se hizo tras una inspección y con fundamento en el artículo 170, fracción I, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (Lgeepa), agregó la dependencia.
La Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (Lgdfs) establece que la Semarnat solo podrá autorizar el cambio de uso de suelo, por excepción, previa opinión técnica de los integrantes del Consejo Estatal Forestal de que se trate y con base en los estudios técnicos justificativos que demuestren que la biodiversidad de los ecosistemas que se verán afectados se mantenga, y que la erosión de los suelos, el deterioro de la calidad del agua o la disminución en su captación se mitiguen en las áreas afectadas por la remoción de la vegetación forestal.
Cambiar el uso de suelo en los terrenos forestales, sin contar con la autorización correspondiente, está considerado como una infracción a la Lgdfs, de modo que los presuntos responsables podrán hacerse acreedores a una multa que va de 100 a 20,000 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente (UMA), así como ser obligados a la reparación del daño independientemente de las sanciones penales que resulten.
Por su parte, el Código Penal Federal establece una pena de seis meses a nueve años de prisión al que ilícitamente cambie el uso de suelo forestal, de acuerdo con el apartado relativo a delitos contra el ambiente y la gestión ambiental, se explica.
“Con estas acciones la Profepa reitera su compromiso de atención a las denuncias ciudadanas, clausurando actividades ilícitas que afecten el medio ambiente”.
